Una nueva decisión del Tribunal Federal de Justicia Administrativa ha cambiado la manera en que muchos contribuyentes perciben las penalizaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT). El tribunal aclaró que si tú mismo comunicas de manera voluntaria una falta, como por ejemplo, no presentar una declaración debido a problemas en el sistema, no hay un “descubrimiento” por parte de la autoridad; por tanto, no se aplica la multa de entre el 55% y el 75% estipulada en el artículo 76 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
El artículo 76 del CFF contempla multas que van del 55% al 75% de las contribuciones omitidas cuando la falta es descubierta por la autoridad. La resolución judicial citada puntualiza que No hay descubrimiento si el contribuyente Avisa primero y documenta la situación ante el SAT. En otras palabras, La clave está en quién detecta primero: si informas proactivamente, ese rango de sanción no se actualiza.
Preguntas rápidas para no perder el enfoque:
Escríbenos o llámanos y con gusto agendamos una asesoría personalizada
📞Monterrey 81-12-89-56-89
📞Torreón 87-11-04-18-2
📞Llama gratuitamente al 800-001-0001
O 📧 Directamente a nuestro correo: 33@rcadespacho.com