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22 noviembre, 2021

Operaciones por las que se prohibe el uso de efectivo

De acuerdo con el Artículo 32 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Antilavado), se prohibe dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos indicados.

 

Las prohibiciones de uso de estos medios de pago se aplicarán de la siguiente forma:

 

1. Se dé cumplimiento a la obligación, se liquide, se pague o se acepte el pago o liquidación de un acto u operación individual, ya sea en una o más exhibiciones, o

2. Se dé cumplimiento a la obligación, se liquide, se pague o se acepte el pago o liquidación de un conjunto de actos u operaciones, y una sola persona aporte recursos para pagarlas o liquidarlas.

 

El tipo de operaciones, así como los montos hasta por los cuales se encuentra restringido el uso de efectivo y metales, son los siguientes:

 

Operaciones
UMA
Monto
Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles
8,025
$678,032.25
Transmisión de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos nuevos o usados, de cualquier tipo ya sea aéreos, marítimos o terrestres.
3,210
$271,212.90
Transmisión de propiedad de relojes, joyería, metales preciosos y piedras preciosas, esto, por pieza o por lote, al igual que de obras de arte.
3,210
$271,212.90
Adquisición de boletos que permitan participar en juegos de apuestas, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios por la participación en los juegos de apuestas, concursos o sorteos.
3,210
$271,212.90
Prestación de servicios de blindaje de vehículos o de inmuebles.
3,210
$271,212.90
Transmisión de dominio o constitución de derechos sobre los títulos representativos de partes sociales o acciones de personas morales.
3,210
$271,212.90
Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles, vehículos nuevos o usados y la prestación de servicios de blindaje.
3,210
$271,212.90

 

La restricción para el uso de estos medios de pago está en vigor desde el 31 de octubre de 2013, según lo establece el Artículo Quinto Transitorio de la Ley Anti-Lavado.

 

Cuando al momento de recibir monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y metales preciosos para llevar a cabo un acto u operación y esta se cancele o requiera una devolución de recursos, se tendrá la obligación de regresar los recursos en la misma forma de pago y con la misma moneda o divisa con la que se realizó el acto u operación.

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